Deporte y Recreación

  • Por el cual se sustituyen el artículo 1.2.4.4.1. del Capítulo 4 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, los artículos 1.2.4.6.7. al 1.2.4.6.9. del Capítulo 6 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, el inciso 3 y el literal i) del artículo 1.2.4.9.1. del Capítulo 9 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, el artículo 1.2.4.10.8. del Capítulo 10 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 y el artículo 1.2.6.8. del Título 6 de la Parte 2 del Libro 1 y se adiciona un parágrafo al artículo 1.2.4.2.83. del Capítulo 2 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con las tarifas de autorretención y bases mínimas para practicar retención en la fuente.

  • Independientemente de la clase de juego de suerte o azar, de juego localizado o de espectáculo público y de las características y periodicidad con que el sujeto obligado deba presentar el reporte de estas operaciones a otras entidades, si se cumplen con las condiciones, no existe la obligación de realizar la implementación electrónica de los documentos equivalentes.

  • El incentivo económico del programa «Glorias del Deporte» constituye un ingreso gravado, conforme al artículo 26 del Estatuto Tributario, al ser susceptible de incrementar el patrimonio y no estar expresamente exceptuado como ingreso no constitutivo de renta ni renta exenta.

  • Por la cual se ajustan para el año gravable 2025 los rangos del avalúo catastral determinantes de la tarifa del impuesto predial unificado.