Derecho Comercial

  • No son nulos por infracción de normas superiores los actos administrativos que sancionaron a una empresa extranjera por solicitar de forma extemporánea el registro de la sustitución en la titularidad de la inversión sobre una sociedad colombiana, si en el acto de formulación de cargos emitido en el trámite administrativo, la conducta reprochada fue que no realizó oportunamente dicho registro.

  •  Proceso de reorganización de patrimonios autónomos afectos a actividades empresariales.

  • La administración del convenio de cooperación corresponde a una prestación de un servicio gravado con IVA al no corresponder a un servicio exceptuado o exento expresamente de este impuesto.

  • La actora estaba obligada a llevar contabilidad por la actividad de venta de predios y que estos tenían el carácter de movibles en tanto fueron adquiridos para ser enajenados.

  • Las empresas que prestan el servicio público de transporte de pasajeros en las rutas de influencia están obligadas a expedir factura electrónica de venta o documento equivalente puesto que no existe una norma especial (ley o decreto) que las exceptúe de esta obligación formal en materia tributaria.

  • Lineamientos para promover la participación de pequeños productores locales agropecuarios y de la Agricultura campesina, familiar y comunitaria en los mercados de compras públicas de alimentos en cumplimiento de la Ley 2046 de 2020.

  • Decimoquinta adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022.

  • Para establecer la base gravable de la «cuota de fiscalización» corresponde verificar el presupuesto de la entidad sometida a vigilancia y control, con miras a determinar los ingresos ejecutados (i.e.recaudados) en la vigencia fiscal anterior a la que corresponde el tributo.

  • Se aclara el numeral 3 del Oficio 020486 – int 2013 del 16 de agosto de 2019, en el sentido de que los costos y gastos por pagos por salarios, prestaciones sociales, depreciaciones, erogaciones en cumplimiento de disposiciones legales, impuestos pagados e intereses, no se incluyen en el renglón de «Compras de bienes y servicios no gravados» en el Formulario 300 «Declaración de Impuesto sobre las Ventas».

  • Para la inscripción, actualización o renovación del Registro Único de Proponentes, la persona jurídica deberá presentar, entre otros documentos los estados financieros de la sociedad y los estados financieros consolidados del grupo empresarial cuando la norma aplicable lo exija.

  • Los terceros que deban responder de manera subsidiaria o solidaria deben ser vinculados al proceso desde el acto preparatorio a aquel que impone de una sanción o determina un tributo, para que así se les concedan las garantías propias del derecho al debido proceso y los actos administrativos les sean oponibles y constituyan un título ejecutivo válido en su contra.

  • Solo los productos que se introduzcan y comercialicen a los departamentos de Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo dentro del mismo departamento, están excluidos de IVA de acuerdo con el numeral 13 del artículo 424 del Estatuto Tributario.

  • La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 001253 del 24 de octubre de 2022 «Por la cual se establecen los requisitos, causales y procedimiento para otorgar o retirar la calificación como Gran Contribuyente».

    Los comentarios serán recibidos en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  hasta el 25 de octubre.

  • De conformidad con el inciso segundo del artículo 513-6 del Estatuto Tributario, para efectos de calcular el ICUI de un producto se debe identificar si se le adicionó azúcar, sal/sodio y/o grasas saturadas, cálculo que se realiza por cada 100 gramos.

  • El tratamiento tributario que corresponde al ICA en el impuesto sobre la renta, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 115 del ET, reformado por el artículo 76 de la Ley 1943 de 2018 y antes que fuera modificado por el artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, era el de (i) una deducción de la totalidad del ICA pagado o (ii) un descuento tributario del 50%. En este último caso, el 50% restante (i.e. la porción que no se pudo llevar como descuento tributario) no podía deducirse de la renta bruta del contribuyente, debido a que la elección del crédito fiscal excluía la posibilidad de llevar como deducción el ICA pagado.

  • Según la interpretación oficial contenida en el Concepto Unificado de IVA No. 00001 de 2003, respecto al alcance de la exclusión contenida en el artículo 424 del Estatuto Tributario las mercancías descritas como ‘gafas oftalmológicas’no están incluidas en este tratamiento exceptivo.

  • No es procedente la aplicación de la retención en la fuente del impuesto sobre la renta y la retención en la fuente en IVA por parte de las entidades adquirentes o pagadoras, en aquellos pagos recaudados por intermediarios mandatarios (agentes de recaudo) por adquisiciones de bienes y servicios digitales de Comercios Internacionales (entidades extranjeras no residentes en Colombia y sin Presencia Económica Significativa en el país) cuando se realizan estos pagos con tarjeta débito y/o crédito. 

  • El beneficio fiscal contemplado en el artículo 36-1 del Estatuto Tributario es aplicable a las utilidades provenientes de la negociación de ETF listados en el Mercado Global Colombiano (MGC), siempre que su subyacente esté representado en acciones.

  • Constituyendo el descuento condicionado un gasto financiero, resulta claro que respecto de este deben cumplirse los requisitos de los artículos 105 y 107 del ET, para que sea procedente su deducibilidad en el impuesto sobre la renta.

  • Tratándose de la expedición de factura venta por la prestación del servicio público de transporte, solamente aquellas empresas que presten el servicio de transporte urbano o metropolitano, se encuentran exceptuadas de la obligación formal de expedir factura de venta.