Derechos Humanos

  • Por medio de la cual se modifica el régimen de acceso y ascenso en el sistema general de carrera administrativa, se crea la reserva de plazas para las personas con discapacidad, se establece la gratuidad de la inscripción para este segmento poblacional y se dictan otras disposiciones o «ley de reserva de plazas para personas con discapacidad».

  • Por la cual se establece el Código de conducta contemplado en el artículo 1 de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009 y se dictan otras disposiciones.

  • Cubrimiento de la prestación de servicios de salud a Habitantes de Calle (indocumentados, por cortas estancias que impiden su identificación y posterior afiliación SAT).

  • La Corte declara inexequibles las disposiciones normativas que establecen la inhabilidad para desempeñar cargos en la Defensoría del Pueblo, tanto en el cargo de defensor del pueblo como en los demás cargos de la entidad, cuando existe una resolución acusatoria o su equivalente.

  • Corte declaró condicionalmente exequible el parágrafo 1 del artículo 116 de la Ley 115 de 1994, en el que se establecen medidas para garantizar la prestación del servicio educativo estatal en zonas de difícil acceso a favor de las comunidades indígenas, en el entendido que, esta disposición particular y especial, se extiende a los grupos negros, afrodescendientes, raizales y palenqueros.

  • Por el cual se modifican los artículos 2.14.20.2.1 y 2.14.20.3.1 de los Capítulos 2 y 3 respectivamente del Título 20 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015 «por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural»,relacionado con los Mecanismos para la efectiva protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente por los pueblos indígenas y se dictan otras disposiciones.

  • No es claro que la videovigilancia en los salones de terapia tenga la capacidad de producir seguridad para los NNA que acuden a dicho tratamiento - (Habeas data). 

  • Se busca modificar el artículo 65 de la Constitución Política de Colombia. 

  • Por el cual se adiciona el Capítulo 9 al Título 5 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, para reglamentar el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en contexto y en razón del conflicto armado, incluyendo a las víctimas de desaparición forzada.

  • La regla de incompatibilidad entre el SC-2 y el PPT prevista en el Decreto 216 de 2021 vulnera los derechos fundamentales al asilo, trabajo y salud de los migrantes venezolanos que se encuentran en situación de extrema vulnerabilidad económica o social, o forman parte de algún grupo de sujetos de especial protección constitucional. Esto, porque los sitúa en un dilema deshumanizante consistente en tener que escoger entre ejercer el derecho fundamental y humano a solicitar refugio y el ejercicio del derecho al trabajo y el derecho a la salud de forma continua. Esto, con el agravante de que son personas en situación de debilidad manifiesta.

  • Los comportamientos que afectan las manifestaciones públicas y reuniones privadas también incluyen todas las formas de irrespeto a las personas en condición de discapacidad.

  • El reconocimiento de una estabilidad laboral reforzada a aquellas personas que padecen VIH/SIDA impone, en principio, la obligación al empleador de mantener en el empleo o reubicar al trabajador que se encuentre en esta situación de debilidad manifiesta.

  • Por la cual se establecen instrucciones sectoriales para la garantía urgente y temprana de derechos en el marco de los procesos de restitución de tierras y derechos territoriales.

  • Por el cual se adiciona el Título 25 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo relacionado con la reglamentación de los procedimientos de ampliación y saneamiento de las tierras de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras; se adoptan mecanismos para la protección y seguridad jurídica de los territorios ocupados y poseídos ancestral y/otradicionalmente por las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y se dictan otras disposiciones.

  • Estrategia nacional de cooperación internacional 2023-2026.

  • Por medio de la cual se asignan competencias transitorias a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios en materia de alimentación para atender situación humanitaria en estaciones de policía, unidades de reacción inmediata y similares.