Administrativo

  • Instrucción sobre la declaración anticipada para el registro de maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada.

  • La remisión como forma de extinción de la obligación tributaria, es distinta de otras como el pago, la compensación o la prescripción.

  • El artículo 589 del Estatuto Tributario está condicionado a un plazo específico para realizar la corrección, que es dentro del año siguiente al vencimiento del término para presentar la declaración. Si el contribuyente no realiza la corrección dentro de este plazo, ya no podrá efectuarla.

  • Corte Constitucional declaró constitucionales dos normas de la Ley 2345 de 2023, según las cuales distintas entidades públicas, incluidas las entidades territoriales, deben en sus comunicaciones respetar los lineamientos del manual de identidad visual establecido por el legislador.

  • Si los tratamientos y/o beneficios en materia tributaria, aduanera y cambiaria se deciden con fundamento en la calificación de riesgos del Sistema de Gestión del Riesgo de la DIAN, debe informarse al interesado cuál fue el rango del riesgo en que fue calificado, garantizándose su contradicción, y suministrarse la información en que se sustenta limitándose únicamente a la situación jurídica y particular del titular de la información, sin comprometer los factores, criterios, procedimientos y la base de datos del sistema de gestión de riesgos.

  • Por el cual se corrigen unos yerros en la Ley 2447 de 2025 «Por medio del cual se eliminan todas las formas de uniones tempranas en las cuales uno o ambos contrayentes o compañeros permanentes sean menores de 18 años y se fortalece la política pública nacional de infancia y adolescencia mediante la creación del programa nacional de proyectos de vida para niños, niñas y adolescentes».  

  • Por la cual se crea el Comité de calificación de Peticiones Especiales se expide su reglamento y se adoptan otras disposiciones.  

  • Las operaciones de deuda pública, incluyendo el cobro de intereses derivados de Acuerdos de Pago, no constituyen una venta de bienes o una prestación de servicios en los términos de las normas tributarias vigentes. En consecuencia, no están sujetas a la obligación de expedir factura electrónica.

  • Las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) pertenecientes al Régimen Tributario Especial no pueden acceder al crédito fiscal contemplado en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario.

  • El recurso extraordinario de unificación procede contra las sentencias dictadas en única instancia o segunda instancia por tribunales administrativos que «contraríen o se opongan a una sentencia de unificación del Consejo de Estado».

  • El Despacho precisa que de la lectura de los artículos 336 y 387 del Estatuto Tributario, se permite que los trabajadores que tengan ingresos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria pueden aplicar los beneficios de manera conjunta, sin que se advierta alguna limitación respecto al mismo dependiente.

  • Derechos al nombre, a la personalidad jurídica, dignidad humana y debido proceso administrativo en la anulación de documentos de identidad (doble cedulación)-revictimización de mujer víctima de trata de personas. 

    La Corte concluye que la Registraduría vulneró los derechos fundamentales al nombre, al debido proceso, a la personalidad jurídica y también a la dignidad porque: (i) desconoció los derechos al debido proceso de la accionante pues nunca la notificó de la decisión de cancelación del documento ni tampoco le garantizó la oportunidad de pronunciarse (ii) desconoció las obligaciones que tienen todas las instituciones del Estado de prestar una atención integral a las víctimas de la trata de personas, en especial el deber de reintegrarlas en la sociedad y evitar su revictimización.

  • Por medio de la cual se declara el Estado de Emergencia Fitosanitaria en el Territorio Nacional por la presencia de Xylella fastidiosaWells etal., en los departamentos de Boyacá, Caldas, Caquetá, La Guajira, Magdalena, Norte de Santander, Risaralda y Valle del Cauca.

  • La Sala negó la demanda de nulidad interpuesta contra el Oficio Nro. 1454 de la DIAN, en la que se alegaba que la exigencia de registro de los contratos de importación de tecnología vulneraba la cláusula de no discriminación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI).

  • La Sala determinó que la condición de hijo del propietario fallecido del inmueble ocupado arbitrariamente es suficiente para acreditar su derecho a demandar la indemnización de perjuicios. Se sustentó en el artículo 2342 del Código Civil, que faculta a los herederos a reclamar la reparación de daños sobre bienes heredados. También se apoyó en la jurisprudencia que establece que, al fallecer el propietario, la herencia se transmite a sus hijos, quienes pueden ejercer acciones en defensa de los bienes sucesorales.

  • GARANTÍAS MOBILIARIAS – MECANISMO DE PAGO DIRECTO. El artículo 58 de la Ley 1676 de 2013 prevé que el acreedor garantizado con una garantía mobiliaria constituida sobre un bien del cual no ejerce su tenencia, frente a la mora en el pago de la obligación únicamente puede ejecutar la garantía por los mecanismos establecidos en el Código General del Proceso.

  • En los términos del recurso de apelación interpuesto por la demandante, se debe establecer si el a quointerpretó de manera errónea los artículos 122 del Estatuto Tributario y 23 del Convenio para evitar la Doble Imposición (CDI) suscrito entre Colombia y México para desconocer la deducibilidad del gasto por el pago de comisiones, y si eran procedentes la sanción por inexactitud, y la condena en costas -agencias en derecho-,impuestas a la demandante.

    La sala revocó la sentencia apelada para declarar la nulidad de los actos acusados y, a título de restablecimiento del derecho, la firmeza de la liquidación privada del impuesto sobre la renta por el año gravable 2017.

  • Transformación de E.I.C.E. en Sociedad de Economía Mixta.

  • ICA (4 bimestre de 2017). Derechos fiduciarios. Activos fijos.

    Los ingresos provenientes de la venta de derechos fiduciarios que tenían la calidad de activo fijo no hacen parte de la base gravable del ICA, como lo establece el artículo 42 del Decreto 352 de 2002.

  • Daño causado por medida cautelar dictada en un procedimiento administrativo. La DIAN suspendió provisionalmente la calidad de agencia aduanera de la sociedad demandante y finalmente la absolvió de responsabilidad. Se revoca la decisión de negar las pretensiones y, en su lugar, se condena a la DIAN a reparar el daño antijurídico ocasionado con la medida cautelar.