Contratación Estatal

  • Cuando exista una convocatoria limitada a Mipyme y el proponente se presente al proceso como estructura plural, éste proponente deberá estar integrado en su totalidad por Mipyme, como quiera que el sujeto objeto del incentivo es la Mipyme debido a su tamaño empresarial y no en función de su participación como proponente singular o plural.

  • La autoridad disciplinaria, en el momento de emitir la decisión declaratoria de responsabilidad, debe tener la convicción y la certeza probatoria que efectivamente el servidor publico incurrió en la conducta reprochada y ante la existencia de dudas al respecto, deben resolverse en favor del investigado, en aplicación del principio in dubio pro disciplinado, toda vez que no logra desvirtuarse su presunción de inocencia.

  • No se vulnera el derecho fundamental al descanso del empleado judicial que cambia del régimen individual al colectivo de vacaciones, cuando se le informa que, habida cuenta del régimen en el que se encuentra actualmente, el disfrute de sus vacaciones tendrá lugar a final de año en el periodo de vacancia de la Rama Judicial.

  • Es el vencimiento de los 45 días hábiles siguientes a la fecha en la cual queda en firme el acto por el cual se reconocen las cesantías parciales o definitivas, lo que determina el momento en que se causa la sanción moratoria y, en esa misma medida, la instancia en donde surge el derecho a su reclamación.

  • Es la subordinación o dependencia el elemento que diferencia al contrato de prestación de servicios del contrato de trabajo o de la relación laboral, por esto, desvirtuar un contrato de prestación de servicios, demostrando la subordinación dará vía libre al nacimiento del derecho al pago de prestaciones sociales.

  • Puntaje adicional a los procesos de selección de contratistas del Estado, en las modalidades de licitación pública y concurso de méritos, a quienes acrediten contar dentro su nómina con personas en situación de discapacidad.

  • Todos los documentos expedidos por la entidad estatal durante las etapas precontractual, de ejecución y postcontractual deberán ser publicados en SECOP dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición, para cumplir el deber de publicidad regulado por el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015.

  • Respecto de la prestación causada en los años 1997 a 2003 teniendo en cuenta que como la relación laboral permanece vigente las cesantías tienen el carácter imprescriptible y, por ende, la administración está en la obligación de reconocerlas en caso de que aún no lo haya efectuado.

  • Por la cual se adopta la versión -4- de los Documentos Tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública del sector de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 240 de 2020.

  • Dada la habitualidad con la que se presta el servicio en días no hábiles debe entenderse que la retribución además del tiempo compensatorio que ha sido reconocido por la entidad demandada, también le asiste el derecho al trabajador a que el día de descanso laborado sea remunerado al doble, tal como lo señala el artículo 39 del Decreto 1042 de 1978.

  • La sanción se causa cuando la administración incurre en mora en el pago de las cesantías, bien sea que previamente hayan sido liquidadas mediante acto administrativo debidamente ejecutoriado, o, en aquellos eventos en que la administración no se pronuncie o se pronuncie tardíamente frente a la solicitud del pago del auxilio de cesantías.

  • Se busca fortalecer las JACS y otros organismos comunales como organismos comunales como organizaciones de la economía popular, comunitaria y solidaria. 

  • Por medio de la cual se establece la capacitación, la profundización y la enseñanza para la sostenibilidad ambiental, cambio climático y gestión del riesgo de desastres y se dictan otras disposiciones.

  • Deberes de las y los funcionarios públicos en el ejercicio de la libertad de expresión y el respeto a la libertad de prensa.

  • No es el consorcio o la unión temporal quien, a través de su representante, solicita limitar la convocatoria. Los proponentes plurales carecen de personería jurídica y, por tanto, los que pueden clasificarse como Mipyme son los integrantes del proponente plural.

  • La Corte declaró, con efectos inmediatos, la inexequibilidad del artículo 340 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, mediante el cual se crearon dependencias y cargos en la Dirección Administrativa de la Cámara de Representantes. La decisión fue adoptada al verificar que no se acreditaron las exigencias constitucionales del proceso legislativo de consecutividad e identidad flexible, así como que tampoco guardaba unidad de materia y, por lo tanto, conexidad directa e inmediata con los objetivos del plan y los programas y proyectos de inversión.

  • La teoría de la imprevisión no persigue restablecer el equilibrio de la ecuación financiera cuando se vea alterado por circunstancias sobrevinientes. Esa obligación solo está prevista para los contratos estatales, en los que el cumplimiento de su objeto es de interés general razón y por ello se le impone al Estado esta obligación.

  • Por medio de la cual se modifica el régimen de acceso y ascenso en el sistema general de carrera administrativa, se crea la reserva de plazas para las personas con discapacidad, se establece la gratuidad de la inscripción para este segmento poblacional y se dictan otras disposiciones o «ley de reserva de plazas para personas con discapacidad».

  • Se preferirá la propuesta del oferente que acredite la vinculación en mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarias de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la ley.

  • Guía para promover la participación de las MIPYMES en los procesos de compra y contratación pública.