Tributario

  • Por el cual se establece el sistema de devolución que opera de oficio, de saldos a favor originados en declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes personas naturales.

  • Novena adición al Concepto General sobre los impuestos saludables. 

  • Intereses de mora generados por el retardo en el pago de sentencias judiciales.

  • El proceso de trilla al que se debe someterse el grano de maíz entero no supone una transformación de índole industrial, de manera que su importación para el consumo humano está excluida del IVA.

  • Por la cual se promueve la donación de alimentos, la seguridad alimentaria y se aporta al objetivo de «hambre cero» en Colombia y se dictan otras disposiciones.

  • Por la cual se modifican y adicionan las Resoluciones 000068 y 000069 del 9 de agosto de 2021 de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN-.

  • Por medio de la cual se modifica la Resolución 000017 del 19 de febrero de 2024, «Por la cual se autoriza a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera el apoyo temporal a los empleados públicos de la DIAN en las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la Entidad en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera durante el año 2024».

  • Las transacciones realizadas por una sucursal en el exterior deberán ser reconocidas fiscalmente en pesos colombianos.

  • No constituye renta ni ganancia ocasional la parte que corresponda al componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas, que provengan de entidades que, estando sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera, tengan por objeto propio intermediar en el mercado de recursos financieros.

  • Los artículos 79 [parágrafo 3] de la Ley 1955 de 201910 y 43 [parágrafo 3] de la Ley 2294 de 2023 previeron que la prestación del servicio público catastral por parte de los gestores catastrales «no generará el pago de IVA», en concreto «durante la vigencia de este Plan Nacional de Desarrollo», esto es, por los años 2018 a 2026

  • Las sanciones establecidas en los artículos 652 y 657 del Estatuto Tributario (E.T.) proceden respecto de hechos diferentes e independientes, frente a los cuales la Administración Tributaria puede adelantar procesos sancionatorios independientes y, en consecuencia, el contribuyente obligado a facturar puede adelantar actuaciones procesales también diferentes e independientes.

  • Prerrogativas Usuario Aduanero con Trámite Simplificado y Operador Económico Autorizado tipo importador.

  • El Ministerio de Hacienda publicó en su página web el Proyecto de Decreto «Por el cual se reglamentan los artículos 35, 38, 39,40,40-1,41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1.7.5. del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, 1.2.1.12.6. y 1.2.1.12.7. del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1,1.2.1.17.19. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto
    1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre el interés presunto y el componente inflacionario».

  • Cuando se realicen adquisiciones a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente a través de patrimonios autónomos o fondos de inversión colectiva, la sociedad fiduciaria es el sujeto obligado a generar el documento soporte.

  • Por medio de la cual se reglamentan los artículos 97, 316, 317 y 318 del Acuerdo 927 de 2024.

  • Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, adicionado por la Resolución 000108 del 14 de julio de 2023.

  • Una vez identificado la existencia de una ECE, los sujetos pasivos del Régimen ECE sólo serán aquellos residentes fiscales colombianos contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que tengan una participación, directa o indirectamente, igual o superior al 10% en el capital o en los resultados de la ECE, independientemente de si éstos, individualmente considerados, ejercen control sobre la ECE o no.

  • Un acuerdo SAFE (Simple Agreement for Future Equity) tendrá el tratamiento fiscal conforme a la conexión formal que establece el artículo 21-1 del Estatuto Tributario.

  • Facturación, la deducción que contempla el numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario en estos casos y el reporte del IVA pagado por los contratos de mandato.

  • La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por la cual se modifica el instructivo del Formulario No. 210 “Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes” prescrito mediante Resolución 000044 del 14 de marzo de 2024».

    Los comentarios serán recibidos hasta el 25 de julio de 2024, en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.