Tributario

  • La actora estaba obligada a llevar contabilidad por la actividad de venta de predios y que estos tenían el carácter de movibles en tanto fueron adquiridos para ser enajenados.

  • El beneficio tributario contenido en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario se refiere únicamente al crédito fiscal que permite la compensación del 50% de las inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, o en la vinculación de capital humano de alto nivel, por el valor del impuesto a cargo del período o sumado al saldo a favor de este, según corresponda.

  • Las empresas que prestan el servicio público de transporte de pasajeros en las rutas de influencia están obligadas a expedir factura electrónica de venta o documento equivalente puesto que no existe una norma especial (ley o decreto) que las exceptúe de esta obligación formal en materia tributaria.

  • Decimoquinta adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022.

  • Para establecer la base gravable de la «cuota de fiscalización» corresponde verificar el presupuesto de la entidad sometida a vigilancia y control, con miras a determinar los ingresos ejecutados (i.e.recaudados) en la vigencia fiscal anterior a la que corresponde el tributo.

  • Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 46 de 2019 y el artículo 16 de la Resolución 095 de 2023.

  • La exención establecida en el numeral 5 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario es una norma especial que otorga un tratamiento excepcional a los ingresos provenientes de las plantaciones forestales, y prevalece sobre la regla general dispuesta en el artículo 300 del mismo Estatuto.

  • La aplicación del artículo 239-1 del E.T. está supeditada a la existencia de activos omitidos o pasivos declarados inexistentes, mas no cuando se registró en la declaración privada por un menor valor, pues la diferencia en el valor patrimonial registrado no implica la realización de un ingreso gravado en los periodos no revisables que hayan sido objeto de ocultamiento por parte del contribuyente.

  • Se busca modificar el Estatuto Tributario y dictar otras disposiciones. 

  • Se aclara el numeral 3 del Oficio 020486 – int 2013 del 16 de agosto de 2019, en el sentido de que los costos y gastos por pagos por salarios, prestaciones sociales, depreciaciones, erogaciones en cumplimiento de disposiciones legales, impuestos pagados e intereses, no se incluyen en el renglón de «Compras de bienes y servicios no gravados» en el Formulario 300 «Declaración de Impuesto sobre las Ventas».

  • Los terceros que deban responder de manera subsidiaria o solidaria deben ser vinculados al proceso desde el acto preparatorio a aquel que impone de una sanción o determina un tributo, para que así se les concedan las garantías propias del derecho al debido proceso y los actos administrativos les sean oponibles y constituyan un título ejecutivo válido en su contra.

  • Solo los productos que se introduzcan y comercialicen a los departamentos de Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo dentro del mismo departamento, están excluidos de IVA de acuerdo con el numeral 13 del artículo 424 del Estatuto Tributario.

  • La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 001253 del 24 de octubre de 2022 «Por la cual se establecen los requisitos, causales y procedimiento para otorgar o retirar la calificación como Gran Contribuyente».

    Los comentarios serán recibidos en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  hasta el 25 de octubre.

  • De conformidad con el inciso segundo del artículo 513-6 del Estatuto Tributario, para efectos de calcular el ICUI de un producto se debe identificar si se le adicionó azúcar, sal/sodio y/o grasas saturadas, cálculo que se realiza por cada 100 gramos.

  • El tratamiento tributario que corresponde al ICA en el impuesto sobre la renta, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 115 del ET, reformado por el artículo 76 de la Ley 1943 de 2018 y antes que fuera modificado por el artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, era el de (i) una deducción de la totalidad del ICA pagado o (ii) un descuento tributario del 50%. En este último caso, el 50% restante (i.e. la porción que no se pudo llevar como descuento tributario) no podía deducirse de la renta bruta del contribuyente, debido a que la elección del crédito fiscal excluía la posibilidad de llevar como deducción el ICA pagado.

  • La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por la cual se modifica y adiciona parcialmente la Resolución 000162 del 31 de octubre de 2023».

    Los comentarios serán recibidos en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 24 de octubre. 

  • Cuando una sociedad nacional tenga inversiones en una sociedad extranjera con sede efectiva de administración en el territorio nacional, dichas inversiones se consideran realizadas y poseídas en el exterior. En consecuencia, la sociedad nacional deberá reportarlas en la Declaración Anual de Activos en el Exterior de conformidad con lo establecido en el artículo 607 del Estatuto Tributario, puesto que el elemento de relevancia es la localización efectiva en el extranjero de la inversión.

  • Tanto la declaración de normalización tributaria inicialmente presentada como la declaración del impuesto complementario de normalización tributaria modificada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.5.7.4. del Decreto 1340 del 2021, son títulos ejecutivos que dan inicio al proceso de cobro coactivo por parte de la DIAN.

  • Según la interpretación oficial contenida en el Concepto Unificado de IVA No. 00001 de 2003, respecto al alcance de la exclusión contenida en el artículo 424 del Estatuto Tributario las mercancías descritas como ‘gafas oftalmológicas’no están incluidas en este tratamiento exceptivo.

  • La Corte declaró constitucional la disposición que establece que las empresas que se dediquen a la extracción de petróleo crudo deberán adicionar a la tarifa general del impuesto sobre la renta unos puntos adicionales, conforme a la variación de los precios internacionales.