Las E.P.S mixtas son creadas como sociedades de economía mixta, de acuerdo con el artículo 97 de la Ley 489 de 1998. Este tipo de entidades, bajo ciertos supuestos, se encuentran exceptuadas de la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 1150 de 2007.

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