La Corte declaró inexequibles dos expresiones contenidas en el estatuto de notariado por desconocer el principio de igualdad al incurrir en la prohibición de discriminación de grupos en razón de su estado físico o mental.
La Corte declaró inexequibles dos expresiones contenidas en el estatuto de notariado por desconocer el principio de igualdad al incurrir en la prohibición de discriminación de grupos en razón de su estado físico o mental.