Tributario

  • El artículo 711 del Estatuto Tributario, exige que la liquidación oficial de revisión deba contraerse a los hechos analizados en el requerimiento especial o en la ampliación de este, pues dicho acto fija por primera vez los puntos de desacuerdo de la Administración, revela los hechos considerados inexactos y cuestiona la presunción de legalidad de la declaración privada.

  • Los pagos realizados en los recibos electrónicos del SIMPLE por los contribuyentes excluidos del régimen por incumplimiento de requisitos no subsanables pueden ser acreditados en las declaraciones del IVA, siempre y cuando dichos pagos correspondan a los mismos periodos gravables objeto de declaración.

  • El exportador y/o el declarante de una exportación definitiva deben cumplir con las obligaciones descritas en los artículos 348 al 363 del Decreto 1165 del 2019 y los artículos 373 al 374 de la Resolución 46 de 2019.

  • Las deudas por concepto de retención en la fuente no pueden ser objeto de Acuerdo y, en esa medida, tampoco están cobijadas por la prohibición prevista en el artículo 20 de la Ley 1116 de 2006, que dispone que a partir de la fecha de inicio del proceso de reorganización no podrá admitirse ni continuarse demanda de ejecución o cualquier otro proceso de cobro en contra del deudor.

  • Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2025.

  • En la presentación de servicios audiovisuales, incluidos los digitales, el impuesto sobre las ventas -IVA se causa en la fecha que ocurra primero entre la emisión de la factura o documento equivalente, la terminación del servicio o el pago o abono en cuenta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 429 del Estatuto Tributario.

  • Configurada y acreditada alguna de las causales de pago en exceso relacionadas en el artículo 728 del Decreto 1165 de 2019, procederá el procedimiento de devolución o compensación de obligaciones aduaneras.

  • Por medio de la cual se reajustan los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio, para el año 2025. 

  • La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por la cual se establece para el año gravable 2025 y siguientes, el contenido, las características técnicas y los plazos para la presentación de la información que deben suministrar los Operadores de Plataformas Sujetos a Reportar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN de conformidad con la Ley 1661 de 2013 y en cumplimiento del “Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes en relación con el Intercambio Automático de Información de ingresos derivados a través de Plataformas Digitales”».

    Los comentarios serán recibidos en el link Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 13 de diciembre de 2024.

  • Los pagos no constitutivos de salario no se encuentran incluidos dentro del cálculo para efectos de la exoneración de aportes parafiscales.

  • Cuando una compañía colombiana en calidad de mandataria efectué el cobro de la comisión por concepto del servicio de intermediación, deberá expedir la correspondiente factura electrónica de venta, tal y como se indicó en el Concepto Unificado de Facturación Electrónica en el punto 1.1.2.8.

  • Reducción de las sanciones y de la tasa de intereses moratorios a causa de la presentación extemporánea o inexacta de las declaraciones tributarias.

  • El artículo 709 del Estatuto Tributario precisa que los contribuyentes tienen la oportunidad de corregir sus declaraciones tributarias con ocasión de la expedición del requerimiento especial.

  • Décimo Sexta Adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022 (Concepto 006363 int 618 del 29 de mayo de 2023).

  • El hecho de que las declaraciones de renta y de normalización sean independientes y correspondan a periodos diferentes en nada cambia que el artículo 39 de la Ley 1739 de 2014 prohíbe, precisamente, que se adicione como renta líquida gravable el activo normalizado en los periodos previos.

  • La parte de las pensiones que se considera gravada por exceder las 1000 UVT se calcula de manera independiente sobre cada pago mensual, en atención a que coincide con el mismo numeral del artículo 135 de la Ley 100 de 1993 así como lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario.

  • Por medio de la cual se modifica el artículo 13 de la Resolución 44 de 2019, modificado por el artículo 1 de la Resolución 3 de 2021.

  • La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por la cual se modifican parcialmente disposiciones de la Resolución 46 de 2019 para la implementación de los procedimientos aduaneros que estarán soportados en los nuevos servicios informáticos electrónicos de la DIAN».

  • El costo fiscal de los derechos fiduciarios derivados de un fideicomiso de usufructo en un Sistema de Tiempo Compartido para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad  se determina por el valor efectivamente pagado por el derecho de participación.

  • Corte declaró la exequibilidad de las expresiones «UC: utilidad contable o financiera antes de impuestos» y la sigla «UC», que se encuentran en el parágrafo sexto del artículo décimo de la Ley 2277 de 2022, tras concluir que superan las exigencias del juicio de proporcionalidad de intensidad leve. Adicionalmente, juzgó ajustados a la constitución los numerales 2; 2.1.; 2.2. y 2.3. de la misma disposición, por cuanto aprueban los requisitos del juicio integrado de igualdad de intensidad leve. los apartados normativos en cuestión forman parte de una norma que tiene por objeto exigir a los contribuyentes referidos en los artículos 240 y 240-1 del Estatuto Tributario, que tengan residencia en el país, el pago de una tasa mínima de tributación.