En la compra de acciones para obtener el control, las sociedades involucradas siguen existiendo como tales con su personería jurídica intacta, con su patrimonio, con sus órganos sociales, con sus derechos y obligaciones independientes, pero el poder de decisión de la compañía objetivo queda supeditado al de la nueva controlante, sencillamente porque se vuelve la socia mayoritaria de aquella al adquirir la mayoría o la totalidad de sus participaciones.