Con la entrada en vigencia de los nuevos marcos de información financiera para los Grupos 1, 2 y 3 (Ley 1314 de 2009 y sus decretos reglamentarios), cada entidad tiene la facultad de definir su propio catálogo de cuentas.
Con la entrada en vigencia de los nuevos marcos de información financiera para los Grupos 1, 2 y 3 (Ley 1314 de 2009 y sus decretos reglamentarios), cada entidad tiene la facultad de definir su propio catálogo de cuentas.