El artículo 709 del Estatuto Tributario precisa que los contribuyentes tienen la oportunidad de corregir sus declaraciones tributarias con ocasión de la expedición del requerimiento especial.
El artículo 709 del Estatuto Tributario precisa que los contribuyentes tienen la oportunidad de corregir sus declaraciones tributarias con ocasión de la expedición del requerimiento especial.