La notificación por edicto del acto que decide el recurso de reconsideración, la Sala recalca que es un mecanismo supletorio, que solo procede si la notificación personal resulta fallida.
La notificación por edicto del acto que decide el recurso de reconsideración, la Sala recalca que es un mecanismo supletorio, que solo procede si la notificación personal resulta fallida.