Corte declara que la regulación de tránsito prevista para aquellos casos en los que las colisiones solamente dejan daños materiales, prevista en el artículo 16 de la Ley 2251 de 2022, no lesiona el derecho de propiedad. no obstante, reiteró que las autoridades de tránsito deben actuar conforme a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.