Corte declara la exequibilidad de la medida correccional de arresto por faltas al debido respeto al juez y por impedir u obstaculizar diligencias judiciales, así como la exequiblidad condicionada de la medida correccional de arresto por sobrepasar cintas o elementos dispuestos para el aislamiento del lugar de los hechos en el marco de investigaciones penales.