La jurisprudencia constitucional le ha reconocido a las mujeres víctimas de la violencia intrafamiliar el derecho a que los hechos y pruebas que aporten sean valorados y, además, con base en interpretaciones sistemáticas de la realidad, a efectos de reconocerlas como miembros de un grupo discriminado que debe recibir un tratamiento diferenciado y favorable frente a sus derechos.