Tributario

  • Los plazos mínimos de antelación establecidos en días calendario empiezan a correr con anterioridad a la fecha de llegada de la mercancía al país y, en consecuencia, la fecha de la llegada de la mercancía no está incluida para el conteo de los plazos mínimos de antelación de cinco (5) o un (1) día calendario.

  • La expresión «operar y/o prestar servicios», implica que la empresa puede llevar a cabo su objeto social dentro de las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC) y/o ofrecer sus servicios tanto en estos territorios como desde ellos. La oferta laboral debe estar principalmente dirigida a sus residentes, sin que sea forzosa la residencia de los empleados de las sociedades ZOMAC, éstas podrán compartir su domicilio principal en los municipios ZOMAC desarrollando toda su actividad económica dentro de los mismos.

  • Interpretación del numeral 18 del artículo 476 del Estatuto Tributario. El concepto de «recreación familiar» comprendería actividades físicas o intelectuales de esparcimiento, dirigidas a la familia, cuya boletería estaría excluida del IVA. Por lo tanto, las boletas que permiten el ingreso a las actividades físicas o intelectuales de esparcimiento dirigidas únicamente a los jóvenes y/o niños se encuentran sujetas al impuesto sobre las ventas IVA.

  • Cuando el contribuyente informe una nueva dirección a la autoridad tributaria, la dirección anterior conserva validez durante los tres meses siguientes a su modificación y, por tanto, es correcta la notificación por correo efectuada a esa dirección sin que se requiera su envío concomitante a la nueva.

  • El artículo 777 del Estatuto Tributario surge que la certificación del contador o del revisor fiscal debe contener la discriminación de las circunstancias estrictamente contable.  Así las cosas, este tipo de certificados se enmarcan en la categoría de prueba documental y, por lo tanto, constituye un medio de prueba independiente.

  • La contribución parafiscal no se causa por la venta de la boletería o derecho de asistencia cualquiera sea su denominación a los parques de atracciones mecánicas.

  • El valor máximo a deducir en un período no mayor de cinco (5) años, se cuenta a partir del año gravable siguiente a aquel en el que se efectúan las nuevas erogaciones en investigación, desarrollo e inversión en el ámbito de la producción y utilización de energía a partir de Fuentes no convencionales de energía (FNCE) o gestión eficiente de la energía.

  • La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por la cual se señala el contenido y se adoptan las características técnicas de la información exógena cambiaria requerida mediante la Resolución [•] de [•], y se fijan los plazos para su entrega».

    Se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución y sus anexos técnicos del 13 al 27 de septiembre de 2024, en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  • Por el cual de corrige un yerro en la Resolución 000144 de 20 de agosto de 2024, “Por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas para la transmisión y entrega de la información de la Declaración Andina del Valor a través del servicio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”.

  • Por medio de la cual se adiciona el numeral cuarto al artículo 552 de la Resolución 46 de 2019.

  • De acuerdo con la adición del parágrafo 2 por parte del artículo 45 de la Ley 2277 de 2022, se estableció que aquellas declaraciones anuales consolidadas del SIMPLE sin pago total se entienden como no presentadas.

  • Condiciones generales de las actas de inmovilización.

  • Las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de gestión de activos, en este caso criptoactivos, que representen un 20% o más de sus ingresos brutos no podrán optar por el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE.

  • La DIAN como autoridad administrativa se encuentra obligada a acatar lo dispuesto por el Consejo de Estado en las sentencias de nulidad, en os términos establecidos en el artículo 189 de la Ley 1437 de 2011, habida cuenta de los efectos de cosa juzgada erga omnes de este tipo de fallos.

  • La norma que debía atender el municipio de Santiago de Cali para fijar las tarifas del ICA, en específico, la de las actividades financieras era la dispuesta en el artículo 4 del Acuerdo 816 de 2021 -modificatoria del artículo 53 (literal d.) del Decreto 352 de 2002-, por ser la que rige y está vigente en el Distrito Capital de Bogotá.

  • Los servicios de hospedaje adquiridos mediante plataformas digitales que son destinados o realizados en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se encuentran excluidos del impuesto sobre las ventas - IVA.

  • En la medida en que el Permiso para desarrollar Otras Actividades (POA) acredite el ingreso de ciudadanos extranjeros no residentes al territorio nacional sin el ánimo de establecerse en Colombia, estos resultaran cubiertos con la exención de que trata el literal d) del artículo 481 del Estatuto Tributario.

  • Se busca expedir nomas de financiamiento para el Presupuesto General de la Nación. 

  • Dado que los TIDIS son títulos valores emitidos a disposición del contribuyente, su uso para el pago de impuestos o derechos administrados por las Direcciones de Impuestos y Aduanas se considera una disposición de recursos realizada por su titular como usuario de una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, como es el caso de DECEVAL. En consecuencia, dicho pago generará el hecho imponible del Gravamen a los Movimientos Financieros, al corresponder a la liquidación de valores para el cumplimiento de obligaciones.

  • La autoridad aduanera debe abstenerse de adelantar el proceso administrativo sancionatorio cuando haya operado la caducidad administrativa aduanera.