La decisión del Consejo de estado afectó gravemente en los derechos fundamentales del accionante ya que le impidió acceder a la pensión de jubilación, es decir, que la intervención del juez constitucional es necesaria para proteger intereses superiores, aun cuando la decisión cuestionada haya sido emitida por el órgano de cierre de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.