Procesal

  • La Corte Constitucional consideró que no se presentó ningún defecto en la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado que declaró la nulidad de la elección de representante a la Cámara. Para la Corte la causal de inhabilidad prevista en el artículo 179.5 de la Constitución sí se configuró por tener el candidato al Congreso vínculo de parentesco con una persona que ostentaba autoridad civil y política, a pesar de que ella se encontraba en uso de licencia.

  • Se declara NULO el artículo 2 de la Resolución SSPD - 20201000033335 del 20 de agosto de 2020, proferida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

  • Los empleadores sí deben responder por el cálculo actuarial correspondiente a períodos en los que la prestación del servicio se efectuó a su favor, pese a que no tuvieran la obligación de inscribirse, ni afiliar a los trabajadores al ISS por falta de cobertura.

  • Exoneración de cobros de copagos y cuotas moderadoras en el SGSSS para niños con funcionalidad diversa.

  • Las ciudades capitales están autorizadas a aplicar el Decreto Ley 1421 de 1993, pero siempre que aquella normativa hubiere sido implementada por el concejo distrital mediante un acuerdo.

  • Para determinar la tributación conforme al principio de plena competencia se necesita efectuar un análisis de comparabilidad entre las transacciones controladas y aquellas realizadas por partes independientes que sean comparables, por lo cual se deben valorar las condiciones de las operaciones controladas, identificar las comparables y determinar los ajustes de comparabilidad que fueran requeridos para dotar de fiabilidad al análisis.

  • Corte protegió los derechos de una mujer que contrajo segundas nupcias antes de la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991 y ordenó reactivar el pago de las mesadas por concepto de pensión de sobrevivientes.

  • El deber de información al momento del traslado entre regímenes, es una obligación que corresponde a las administradoras de fondos de pensiones, y su ejercicio debe ser de tal diligencia, que permita comprender la lógica, beneficios y desventajas del cambio de régimen, así como prever los riesgos y efectos negativos de esa decisión.

  • Corte protegió el derecho a la estabilidad laboral reforzada originada en circunstancias de debilidad manifiesta por razones de salud, a favor de dos accionantes en dos casos acumulados.

  • La aceptación del trabajador de un contrato de prestación de servicios, pese a la existencia de la subordinación o la suscripción de múltiples formalidades que coinciden con la atadura documentada o la falta de reclamación de aquel por el reconocimiento de derechos o prestaciones laborales, sobre las que alerta el cargo, no legitiman el uso indebido de aquel tipo de vinculación.

  • El proceso de trilla al que se debe someterse el grano de maíz entero no supone una transformación de índole industrial, de manera que su importación para el consumo humano está excluida del IVA.

  • Corte Constitucional dejó sin efectos una decisión del Consejo de Estado que negó las pretensiones de la parte demandante en un proceso de reparación directa, por un presunto caso de ejecución extrajudicial. Al hacerlo, la Corte reafirmó la importancia del precedente sobre la flexibilidad probatoria para resolver casos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos.

  • La empresa usuaria en la contratación respecto del accionante sobrepasó el límite de un año permitido para el trabajo en misión, lo cual se encuentra prohibido, como también celebrar un nuevo contrato con la misma EST u otra diferente para la prestación de ese servicio, ya que de hacerlo desvirtúa la temporalidad del mismo.

  • Los artículos 79 [parágrafo 3] de la Ley 1955 de 201910 y 43 [parágrafo 3] de la Ley 2294 de 2023 previeron que la prestación del servicio público catastral por parte de los gestores catastrales «no generará el pago de IVA», en concreto «durante la vigencia de este Plan Nacional de Desarrollo», esto es, por los años 2018 a 2026

  • Corte Constitucional declaró inexequibles el numeral 6 y el parágrafo 3 del artículo 61 de la Ley 2294 de 2023 por vicios en su proceso de formación, particularmente por la violación de los principios de publicidad, consecutividad e identidad flexible.

  • La Corte declara inexequibles las disposiciones normativas que establecen la inhabilidad para desempeñar cargos en la Defensoría del Pueblo, tanto en el cargo de defensor del pueblo como en los demás cargos de la entidad, cuando existe una resolución acusatoria o su equivalente.

  • Corte declaró condicionalmente exequible el parágrafo 1 del artículo 116 de la Ley 115 de 1994, en el que se establecen medidas para garantizar la prestación del servicio educativo estatal en zonas de difícil acceso a favor de las comunidades indígenas, en el entendido que, esta disposición particular y especial, se extiende a los grupos negros, afrodescendientes, raizales y palenqueros.

  • Corte declaró exequible la celebración de pactos colectivos bajo el entendido que los mismos no pueden menoscabar los derechos de negociación colectiva y de asociación sindical.

  • Los estudios de impacto ambiental señalados en el artículo 57 de la Ley 99 de 1993 deben incluir una evaluación de los impactos en materia de cambio climático.

  • La Corte declaró exequible la Ley 2300 de 2023 «por medio de la cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores», al considerar que su aprobación no se sujetaba al trámite propio de las normas estatutarias sino al que corresponde a las leyes ordinarias.