El artículo 1 del Decreto 589 de 2016 establece la necesidad de los patrimonios autónomos que realicen operaciones de comercio exterior de contar con un NIT independiente de los demás patrimonios autónomos administrados por la sociedad fiduciaria.
El artículo 1 del Decreto 589 de 2016 establece la necesidad de los patrimonios autónomos que realicen operaciones de comercio exterior de contar con un NIT independiente de los demás patrimonios autónomos administrados por la sociedad fiduciaria.