Corte declara inexequible disposición por exceso de facultades extraordinarias al no establecer un trámite innecesario y por desconocimiento del derecho a la salud. Dispuso la reviviscencia de la norma legal derogada que radicaba en cabeza del Ministerio de Salud establecer las distancias entre las farmacias y droguerías para cumplir la función social de accesibilidad y disponibilidad de los medicamentos, además dio un plazo para definir cuál de las regulaciones administrativas en desarrollo de la ley queda vigente.

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