La Corte Constitucional declaró inexequible la expresión «y hubiesen cotizado por lo menos mil ciento cincuenta semanas (1.150)» del artículo 65 de la ley 100 de 1993 en relación con sus efectos para las mujeres afiliadas al régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS). sin embargo, difirió los efectos de la decisión hasta el 31 de diciembre de 2025, para que el legislador tenga la oportunidad de adoptar medidas afirmativas en favor de las mujeres, que compensen la discriminación que padecen en el mercado laboral y el sistema pensional.

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