El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó en su página web el Proyecto del Decreto: « Por el cual se reglamentan los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1.17.20 y 1.2.1.17.21 del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para ajustar el costo fiscal de los activo fijos».
Los comentarios serán recibidos en el link https://www.minhacienda.gov.co/web/forms/shared/-/form/2051116hasta el 31 de diciembre de 2024.
El Ministerio de Trabajo publicó en su página web el Proyecto de Decreto: «Por el cual se adiciona el capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015».
Los comentarios serán recibidos en los correos
Información importante Cobertura de tasa de interés para la financiación de vivienda de interés social nueva y preasignaciones del Subsidio Familiar de Vivienda.
Las personas afiliadas que cuenten ya con la edad de pensión (mujeres 57 y hombres 62), así cumplan con las semanas establecidas en el artículo en el artículo 76 de la Ley 2183 de 2024 queda excluidos, toda vez que no sería procedente el traslado en estas condiciones por contar ya con la edad para acceder a la pensión de vejez.
La carga probatoria de desvirtuar la veracidad de las declaraciones tributarias corresponde en principio a la administración tributaria, y se traslada al contribuyente cuando la autoridad fiscal requiere de una comprobación especial o cuando la ley la exige.
Por medio del cual se reglamenta el Sistema Nacional de Registro, Atención, Seguimiento y Monitoreo de las Violencias Basadas en Género.
Por la cual se modifica el artículo 23 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, Anexo I- Anexo Técnico.
No siempre es necesario que exista titularidad directa e indirecta en la persona jurídica para ejercer control, puesto que es posible ejercer control por otros medios distintos a la titularidad.
El artículo 846 del Estatuto Tributario establece que, en los procesos de liquidación judicial, el juez o funcionario informará a la DIAN para que «se haga parte en el proceso y haga valer las deudas fiscales de plazo vencido, y las que surjan hasta el momento de la liquidación o terminación del respectivo proceso».
La notificación personal se entenderá realizada una vez transcurridos dos días hábiles siguientes al envío del mensaje de datos y los términos de traslado correrán al momento en que el receptor acuse recibido o se pueda constatar el acceso de este al mensaje contentivo de notificación por otro medio.