Las remuneraciones que se paguen en el marco del «Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Técnica» están exentas del impuesto sobre la renta.
En materia del impuesto sobre la renta y complementarios, los dividendos distribuidos por una sociedad canadiense a una sociedad colombiana, que controla el 100% de las acciones con derecho a voto, están gravados a la tarifa de que trata el artículo 240 del Estatuto Tributario.
Se declara la nulidad de la expresión «ni a las cajas de compensación señaladas en el artículo 19-2 del Estatuto Tributario» contenida en el artículo 1.2.1.5.4.9 del Decreto 1625 de 2016, sustituido por el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017.
Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Único Reglamentario de Sector Hacienda y Crédito Público.
La Secretaría Distrital de Hacienda publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, el contenido y las características de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá».
Los comentarios serán recibidos hasta el 13 de marzo en el link legalbog.
Cuarta adición al Concepto General sobre el Régimen Simple de Tributación –SIMPLE con motivo de la Ley 2277 de 2022.
El evento en el que la mujer en estado de embarazo ha cotizado al Sistema General de Seguridad Social en Salud por menos semanas que las correspondientes a la gestación, la EPS realizará el pago de la licencia completa si solo faltaron dos (2) meses de cotización o de forma proporcional.
Quedó plenamente demostrado que el afiliado era el soporte económico de sus padres, lo cual no desaparece por el hecho de que la regularidad y consistencia de su contribución, se hubieran visto afectadas por los efectos de la enfermedad que padeció en la fase final de su existencia.
Por el cual se sustituye el Capítulo 12 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en relación con la línea de crédito directo con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A.-Findeter, destinada a irrigar recursos de capital de trabajo y/o liquidez a las empresas distribuidoras y comercializadoras de energía eléctrica de naturaleza oficial, mixta y/o privada, que hayan aplicado a la opción tarifaria regulatoria establecida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas-CREG.
Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los fondos de inversión colectiva, los sistemas de cotización de valores extranjeros, las sociedades titularizadoras de activos hipotecarios y se dictan otras disposiciones.