Una sociedad comercializadora beneficiaria del régimen ZESE, con domicilio principal en la ciudad de Cúcuta puede abrir un establecimiento de comercio en el Distrito Especial Portuario, Biodiverso, Industrial y Turístico Barrancabermeja. Lo anterior teniendo en cuenta que dicho distrito hace parte del territorio ZESE.
Los CDT’s emitidos por los establecimientos de crédito son instrumentos financieros que obligan a la entidad vigilada a transferir a futuro un recurso económico y deben clasificarse en la información financiera dentro del pasivo conforme a lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
El contribuyente puede optar por el cambio de método de provisión teniendo en cuenta que este cambio debe realizarse una vez finalizado el periodo gravable y realizando los ajustes correspondientes de acuerdo con el método aplicado.
Batería de Riesgo Psicosocial
Segunda adición al Concepto General sobre las derogatorias de la Ley 2277 de 2022.
Regulación y supervisión de los Acueductos Veredales.
Décima adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022.
Una persona podrá rehusarse a inscribirse como controlante, pero deberá manifestar por escrito a la cámara de comercio correspondiente que no ejerce el control sobre dicha sociedad y fundamentar su declaración e indicar si conoce quien es el controlante, esto para que proceda la inscripción de la constitución de una sociedad.
La venta de combustible para aviones por parte de distribuidores mayoristas que tengan como destino el territorio del Departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se encuentra excluida de impuesto sobre las ventas -impuesto sobre las ventas.
Procedimiento en el caso de las mejoras en predio ajeno en materia de impuesto predial.
La figura de declaración administrativa de abandono, solo procede para los vehículos que hayan sido inmovilizados por la autoridad de tránsito competente, cuyo propietario o poseedor no haya retirado el vehículo de los patios o de los parqueaderos autorizados y no haya sido posible subsanar la causa que dio origen a la inmovilización.