Adición al Concepto Unificado No. 0106 de agosto 19 de 2022 - Obligación de facturar y Sistema de Factura Electrónica.
Séptima adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta y complementarios con motivo de la Ley 2277 de 2022.
Las remuneraciones que se paguen en el marco del «Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Técnica» están exentas del impuesto sobre la renta.
En materia del impuesto sobre la renta y complementarios, los dividendos distribuidos por una sociedad canadiense a una sociedad colombiana, que controla el 100% de las acciones con derecho a voto, están gravados a la tarifa de que trata el artículo 240 del Estatuto Tributario.
Cuarta adición al Concepto General sobre el Régimen Simple de Tributación –SIMPLE con motivo de la Ley 2277 de 2022.
El evento en el que la mujer en estado de embarazo ha cotizado al Sistema General de Seguridad Social en Salud por menos semanas que las correspondientes a la gestación, la EPS realizará el pago de la licencia completa si solo faltaron dos (2) meses de cotización o de forma proporcional.
El contacto directo implica que el consumidor o usuario haya recibido el mensaje o llamada.
La «situación de discapacidad» de que trata el artículo 31 de la Ley 361 de 1997 se debe valorar teniendo en cuenta los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, actualmente contenidos en la Resolución 1239 de 2022 y su anexo técnico.
Cuando se pretenda realizar la modificación del nombre, datos de ubicación del empresario o el establecimiento de comercio, cambio de domicilio o de la actividad económica con actividades de alto impacto que involucren venta y consumo de bebidas alcohólicas o servicios sexuales, es obligatorio aportar el certificado de uso del suelo para que proceda la inscripción de la modificación solicitada.
La tarifa aplicable de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta por la compra de chasis para vehículos automotores es del 2,5% o 3,5% por concepto de «otros ingresos».
Para determinar los beneficiarios finales no se deben aplicar los lineamientos del Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT).