Adición al Concepto 900829 – interno 027 del 3 de febrero de 2021.
Sexta Adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta y complementarios a cargo de personas naturales con motivo de la Ley 2277 de 2022.
Supuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional para que opere la protección del derecho a la estabilidad laboral reforzada por razones de salud.
Para efectos arancelarios, solo puede considerarse glucosa aquel producto obtenido de la hidrólisis de almidón o fécula cuyo contenido de azúcares reductores expresados en dextrosa sobre materia seca es igual o superior al 20%.
Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 001253 del 24 de octubre de 2022 «Por la cual se establecen los requisitos, causales y procedimiento para otorgar o retirar la calificación como Gran Contribuyente».
La Secretaría Distrital de Hacienda publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por medio de la cual se reajustan los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio, para el año 2025».
Los comentarios serán recibidos en el link https://legalbog.secretariajuridica.gov.co/regimen-legal-publico#/acto-admin-publico/1177 hasta el 15 de noviembre de 2024.
Para liquidar el impuesto sobre las ventas en la importación de bienes finales producidos con materias primas provenientes del exterior y consignadas o endosadas a un usuario industrial de zona franca, se aplica la regla general para determinar la base gravable prevista en el inciso 1 del artículo 459 del Estatuto Tributario.
Corte Constitucional declara la inexequibilidad de la expresión “estética” contenida en el literal c del artículo 6 de la Ley 84 de 1989, “por la cual se adopta el Estatuto Nacional para la protección de los animales”, pues desconoce el mandato constitucional de protección animal.
Se estipula como justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo, que una vez la pensión sea reconocida o notificada por parte de las administradoras del sistema general de pensiones, el empleador podrá darle fin al vínculo laboral.
Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los criterios para determinar la calidad de vinculados a los establecimiento de créditos, los mecanismos para la identificación y gestión de las transacciones de estos con sus vinculados y se modifica el régimen de transición contenido en el Decreto 1533 de 2022.