No se vulnera el derecho fundamental al descanso del empleado judicial que cambia del régimen individual al colectivo de vacaciones, cuando se le informa que, habida cuenta del régimen en el que se encuentra actualmente, el disfrute de sus vacaciones tendrá lugar a final de año en el periodo de vacancia de la Rama Judicial.
Existió un peligro efectivo para el patrimonio de la víctima, sin importar si la afectación habría resultado mínima, pues no es un requisito exigido por la ley [y] se debe concluir que la conducta del acusado es antijurídica formal y materialmente.
El artículo 565 del ET prevé como modalidades de notificación: la electrónica, personal, por correo y, excepcionalmente, por edicto. En particular, el parágrafo primero de la disposición establece que, cuando se trate de la notificación por correo, el acto debe enviarse a la última dirección informada por el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante en el RUT.
Hechos que sirven de antecedentes a la presunción de la existencia de la sociedad patrimonial.
El artículo 670 del Estatuto Tributario establece la sanción por improcedencia de las devoluciones, compensaciones e imputaciones, la cual se causa por el rechazo o modificación del saldo a favor que fue inicialmente determinado en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o el impuesto sobre las ventas, y posteriormente, es objeto de devolución, compensación o imputación.
Es el vencimiento de los 45 días hábiles siguientes a la fecha en la cual queda en firme el acto por el cual se reconocen las cesantías parciales o definitivas, lo que determina el momento en que se causa la sanción moratoria y, en esa misma medida, la instancia en donde surge el derecho a su reclamación.
La Corte declaró subsanado el vicio en el trámite legislativo por la no publicación en tiempo del informe de conciliación sobre el proyecto que se convirtió en la ley del Plan Nacional de Desarrollo, Ley 2294 de 2023.
La Corte amparó los derechos fundamentales a la autonomía, al autogobierno y a la identidad étnica y cultural del pueblo Arhuaco, los cuales fueron vulnerados por el Ministerio del Interior. Esa entidad inscribió en su registro a una autoridad tradicional a pesar de que conocía de la existencia de un grave conflicto interno sobre la conformidad del proceso eleccionario con el derecho propio. Esta situación, además, agravó el desencuentro al interior del pueblo Arhuaco.
Declarada la nulidad total del Oficio Nro. 100208221-0222 de 19 de febrero de 2021, también identificado como el Concepto Nro. 901294, proferido por la DIAN.
No son nulos por infracción de normas superiores los actos administrativos que sancionaron a una empresa extranjera por solicitar de forma extemporánea el registro de la sustitución en la titularidad de la inversión sobre una sociedad colombiana, si en el acto de formulación de cargos emitido en el trámite administrativo, la conducta reprochada fue que no realizó oportunamente dicho registro.
La simple notificación del auto de inspección tributaria no basta para suspender el término de notificación del requerimiento especial, sino que deben recaudarse pruebas de forma efectiva y real.