Todas las horas que superen la (46) horas semanales si se implementó la reducción gradual, a partir del 15 de julio del 2024, corresponderán a trabajo adicional o suplementario y se liquidara de conformidad con lo normado por la ley, es decir con los recargos establecidos.
La regla establecida por el Consejo de Estado en la sentencia del 11 de julio de 2024, aplicable a la renuncia a gananciales, no es extensible a la renuncia hereditaria.
La Corte declaró la inexequibilidad de la norma que le permitía al Instituto Nacional de Vías Regionales (INVIR) suscribir contratos bajo la modalidad de contratación directa con comunidades y organizaciones sociales, sin límite de cuantía.
La Corte declara inexequible, con efectos retroactivos, norma legal que permitía la aplicación retroactiva del término de caducidad de la potestad administrativa sancionatoria, con motivo de conductas cometidas con anterioridad a la promulgación de la ley 2195 de 2022.
Por el cual se sustituye el artículo 2.2.1.11.2.5. y se adiciona la Subsección 1 en la Sección 2 del Capítulo 11 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1067 de 2015 para crear y regular el Permiso Especial de Permanencia para representantes legales o custodios de niñas, niños y adolescentes (PEP-TUTOR).
Compatibilidad indemnización sustitutiva de vejez con pensión de invalidez – Modificación Lineamiento institucional.
La suspensión de intereses moratorios, derivados de sentencias judiciales que reconocen sumas de dinero a su favor, según lo dispuesto en el artículo 192 de la Ley 1437 de 2011, es aplicable a los supuestos previstos en el artículo 863 del Estatuto Tributario.
Dada la habitualidad con la que se presta el servicio en días no hábiles debe entenderse que la retribución además del tiempo compensatorio que ha sido reconocido por la entidad demandada, también le asiste el derecho al trabajador a que el día de descanso laborado sea remunerado al doble, tal como lo señala el artículo 39 del Decreto 1042 de 1978.
Comprobación de la reciprocidad legislativa.
Por medio de la cual se requiere la información relacionada con las operaciones de cambio sometidas al control y vigilancia de la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales canalizadas por conducto de los intermediarios del mercado cambiario y las cuentas de compensación y se deroga la Resolución No. 4083 de 1999.